Comunicados PSOE

  • El grupo parlamentario propone una reforma de la Ley de Juegos y Apuestas de la Región de Murcia que incluye prohibir que los locales estén situados a menos de 800 metros de los colegios

La propuesta de reforma modifica la Ley 2/1995, de 15 de marzo, reguladora del juego y apuestas de la Región de Murcia, el Decreto 126/2012, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Apuestas de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y el Decreto 72/2008, de 2 de mayo, que aprueba el Reglamento de máquinas recreativas y de azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Según los datos de la Asociación Española de Empresarios de Salones de Juego y Recreativos, en la región existen 325 salones (datos de 2017). Esto supone un 10% del total de salones que hay en España (más de 3.000) y las casas de apuestas deportivas se han incrementado por encima del 140 % desde el año 2014 en nuestro país.

Si le sumamos los datos que facilita la Consejería de Hacienda, estaríamos hablando en 2018 ya de 380 salones. Esta misma asociación alerta de que uno de los problemas del sector es la falta de planificación del mismo. Del mismo modo, el 90 % de los empresarios opina que se han instalado más salones de juego de los que el mercado puede absorber, tanto en las grandes ciudades como fuera de ellas.

Según datos que facilitan las asociaciones de lucha contra la ludopatía de la región, desde 2016 hasta la actualidad llevan entre 700 u 800 personas tratadas. Cada mes acuden unas 30 o 40 personas en búsqueda de un tratamiento y en los meses fuertes, que son octubre, noviembre y diciembre y los de verano, suelen acudir unas 50 al mes.

Según el informe relativo al juego en jóvenes en la región, los jóvenes juegan en establecimientos con máquinas un 1,7%, online un 0,3%. Apuestan online un 2,5% y en los establecimientos físicos apuesta un 3,1%.

Unos 100.000 españoles se encontraban en 2016 en el umbral del "juego problemático", un 0,3% de la población de entre 18 y 75 años, un año en el que el 81,9% de la población participó en juegos de azar, que crecieron en todas sus categorías a excepción de las apuestas de la ONCE.

Murcia se ha convertido en la región española con más salones de juegos de azar y apuestas deportivas, con más de trescientos locales. Existe un aumento en casi un 50% del número de afectados por este tipo de ludopatía. El perfil más novedoso es el de un joven de entre 18 y 25 años adicto a las apuestas deportivas.

El 7,4% de los jóvenes murcianos de entre 14 y 17 años afirma haber jugado con dinero por Internet, mientras que el 18,25% de estos chicos afirma haber jugado con dinero fuera de Internet, donde se incluirían loterías y quinielas, bingos, casinos, casas de apuestas y máquinas tragaperras.
 
En los últimos años ha bajado la edad de inicio en la Región de Murcia y ha subido de forma importante el número de jóvenes con problemas, al tiempo que se abrían las puertas de nuevos locales.

  • PRINCIPALES PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN:

1.    PRINCIPIOS RECTORES:
a.    Protección de los menores
b.    Transparencia en el desarrollo de los juegos.
c.    Evitar fraudes y prevención blanqueo de capitales.
d.    Prevención de perjuicios.
e.    Intervención y control por parte de la Administración.
f.    Juego responsable. Responsabilidad Social Corporativa.
g.    Seguridad jurídica.
h.    Empleo estable y de calidad en el sector.

2.    POLÍTICAS DE JUEGO RESPONSABLE.
a.    Acciones preventivas de sensibilización, información y difusión de las buenas prácticas del juego y de los efectos que una práctica no adecuada del juego puede producir.

b.    Atención a los grupos en riesgo, especial atención a la prohibición de participar a las y los menores de edad o a las personas incluidas en el Registro de Excluidos de Acceso al Juego.

3.    LIMITACIÓN DEL NÚMERO MÁXIMO DE AUTORIZACIONES DE SALONES DE JUEGO Y LOCALES DE APUESTAS
Se establece un número máximo de 350 autorizaciones relacionadas con salones de juego y locales de apuestas con relación a la población de cada municipio.

4.    PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN DEL JUEGO Y APUESTAS
Se prohíbe la publicidad estática de juegos y apuestas en soportes situados a menos de 800 metros de centros educativos, juveniles y/o culturales; así como las promociones (regalos, obsequios).

5.    CONDICIONES DE LOS LOCALES DE APUESTAS.
a.    Los locales autorizados de apuestas deberán tener visible la prohibición de participar en las apuestas por las y los menores de edad, así como la indicación de que la práctica de juegos y apuestas puede producir ludopatía poniendo a disposición folletos o información sobre los lugares donde acudir en caso de que se detecte algún tipo de patología relacionada con el juego.
b.    El acceso al local será totalmente transparente y no se podrán servir bebidas alcohólicas y no disponer de aparatos de televisión en el interior (lo que no significa que no puedan disponer de pantallas para seguir las apuestas)
c.    Deberán disponer de un sistema informático destinado a la comprobación de las personas que pretendan entrar, a fin de impedir el acceso de quienes lo tengan prohibido de acuerdo con la Ley.
d.    El horario de cierre será a las dos horas (los viernes, sábados y vísperas de festivos se prolongará hasta las tres horas). Entre la hora de cierre y la siguiente apertura deberán transcurrir un mínimo de ocho horas.
e.    Distancia: No podrán autorizarse la instalación, apertura y funcionamiento de salones de juego y/o locales específicos de apuestas que se encuentren ubicados en un radio inferior a 800 metros de centros educativos, culturales, centros públicos de ocio joven, centros sanitarios u asociativos de lucha contra la ludopatía, otros salones de juego, casinos, salas de bingo o locales específicos de apuestas en funcionamiento, medidos desde cualquiera de las puertas de acceso del que se pretenda instalar.

6.    NUEVO APARTADO DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS PARTICIPANTES EN LOS JUEGOS

7.    RÉGIMEN SANCIONADOR
a.    Incremento de las multas según las infracciones que pueden ir desde 200 euros hasta 1.000.000 euros.
b.    Así como la posibilidad de la Suspensión, cancelación temporal o revocación definitiva de la autorización, la inhabilitación temporal o definitiva del local o sala o de hasta diez años para ser titular de autorización en relación con el juego, o para el ejercicio de la profesión.
c.    También se incrementa el tiempo de la prescripción de las faltas.

8.    COMISIÓN DEL JUEGO Y APUESTAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
a.    Se incrementan los participantes en la comisión del juego, incorporando a representantes en ella, al menos, la Administración Regional, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del sector, en el ámbito de la Comunidad Autónoma y las asociaciones de lucha contra la ludopatía con implantación en la Región de Murcia; respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
b.    Los informes y estadísticas contendrán el impacto de género, desagregando, siempre que sea posible, los datos por sexo.