COVID-19: Autorizado el público en los actos de graduación

Podrán asistir hasta 200 personas en locales interiores y 400 en el exterior, según el nivel de alerta de cada municipio, según recoge hoy el BORM con las nuevas medidas para la Región de Murcia, entre las que figura que los locales de ocio pueden abrir hasta la una de la madrugada, que se siguen prohibiendo fiestas populares, verbenas y desfiles y se establecen, según la incidencia en cada territorio, más asistentes a celebraciones (tope de 200 personas en el exterior), ceremonias y actos religiosos, entre otros como locales hosteleros, hoteles, centros comerciales, establecimientos, etc. Pueden celebrarse actuaciones musicales sin bajarse del escenario y los asistentes no podrán consumir bebidas o alimentos.
📌 El martes deja 65 nuevos contagios autonómicos, 57 curados y un fallecido. Cartagena registró 17 nuevos positivos.



El Boletín Oficial de la Región de Murcia publica hoy la Orden del 1 de junio pasado por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria por COVID-19 en la Región de Murcia, así como las medidas generales y sectoriales, en sustitución de la Orden de 13 de diciembre de 2020 de la Consejería de Salud.

El contenido íntegro se puede ver PINCHANDO AQUÍ

Entre otros muchos, figuran estas normas:

- Prohibido comer y beber, incluidos los convivientes, en conciertos u otros espectáculos públicos, ya se celebren en recintos, la vía pública o el medio natural.
- No está permitido el consumo de alcohol en la vía pública, así como la realización de botellones, fiestas espontáneas y en general, cualquier actividad no regulada, en espacios públicos o privados, que impliquen aglomeraciones y no sean previamente autorizadas.
- En los establecimientos de hostelería y restauración el uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento, pudiendo retirarse únicamente para la ingesta de alimentos o bebidas.
- No se podrá fumar en la vía pública o espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de al menos 2 metros
- Queda suspendida la realización de cualquier tipo de acto o evento, lúdico, cultural o festivo que se desarrolle con personas de pie o en movimiento, tales como verbenas, celebraciones o fiestas populares, desfiles o espectáculos itinerantes.
- Se recomienda la postergación o suspensión de romerías, procesiones y eventos similares que, en el caso de celebrarse, deberán contar con un responsable que garantice el cumplimiento de las normas de distancia, seguridad e higiene establecidas.
- Podrán celebrarse actuaciones profesionales musicales y de baile sin bajarse del escenario, siempre que los clientes vayan provistos de mascarilla durante la actuación y no se consuman alimentos y bebidas.
- Con carácter general en los velatorios y entierros deberán establecerse las medidas necesarias para procurar mantener la distancia de seguridad interpersonal en las instalaciones y la utilización obligatoria de mascarilla. a ocupación máxima de cada espacio podrá ser la siguiente, dependiendo de si se desarrolla en interior o en exterior y del nivel de alerta sanitaria municipal:


En el desarrollo de las ceremonias nupciales civiles, la asistencia de invitados no podrá superar las siguientes cifras de aforo, dependiendo de si se desarrolla en interior o en exterior y del nivel de alerta sanitaria municipal:


En relación a las celebraciones posteriores a las ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas y civiles, tales como comuniones, bautizos o jubilaciones, se recomienda su aplazamiento y si no fuera posible se aconseja su celebración en terrazas o en el exterior de los locales.


Con carácter general, a estas celebraciones les resultará de aplicación la normativa establecida para la prestación del servicio de hostelería y restauración, en todo lo que no se oponga a lo previsto en este apartado, y con independencia del lugar en el que se desarrollen.

Las celebraciones sociales que por costumbre se realizan con carácter periódico y habitual (aniversarios, cumpleaños, onomásticas, comidas de empresa, graduaciones, etc.) no se regirán por lo dispuesto en este apartado, siéndoles de aplicación en cada caso las limitaciones que se apliquen a las reuniones de carácter informal.

La ocupación máxima de cada espacio podrá ser la siguiente, dependiendo de si se desarrolla en interior o en exterior y del nivel de alerta sanitaria municipal y sin carácter acumulativo. Todos los participantes deberán permanecer sentados durante la celebración, no pudiendo utilizarse la pista de baile para su uso habitual.

CONTAGIOS EN LA REGIÓN DE MURCIA

Informe de Epidemiología de la Región de Murcia a fecha 2 de junio: pinchar aquí



De los 65 nuevos casos, 25 corresponden al municipio de Murcia, 17 a Cartagena, 4 a Molina de Segura, 3 a Alcantarilla, 3 a Caravaca de la Cruz, 3 a Lorca. El resto están repartidos en diversas localidades. La Región de Murcia registró ayer un fallecimiento a causa del COVID. Se trata de una mujer de 79 años de Murcia.